ADDISYC Sistemas

Desde 1983 brindamos soluciones en el área de los  sistemas de información.

 

Actualización de Sistema de Sueldos y Jornales Versión 15.D
Esta actualización se puede aplicar sobre las versiones 15 a  15.9, 15.A, 15.Bx, 15.C

horizontal rule

 

Cambios en la versión 15.D

Se actualizan los topes jubilatorios de acuerdo al Decreto 279/2008.

Cambios en la versión 15.C

Se incorporan las tablas de Ganancias para el año 2008.

Cambios en la versión 15.B2

Se soluciona el siguiente error:

El aguinaldo no estaba tomando correctamente el tope jubilatorio de $ 3.375.-  de acuerdo al Decreto 1346/2007.
 

Cambios en la versión 15.B1

15.B

1 - De acuerdo al Decreto 1345/2007 los cambios en los montos de las asignaciones familiares son retroactivos al mes de Julio de 2007.  El actualizador busca el primer concepto libre a partir del código 331 y genera un Concepto nuevo para la liquidación de la diferencia.

    La formula del concepto es: CalDifAf()

2 - Se actualizan los topes jubilatorios de acuerdo al Decreto 1346/2007.

15.B1

a) Se amplia las funciones de la formula del concepto de diferencia, dado que el sistema calcula la diferencia sobre lo abonado sobre el concepto 302. Si usted utiliza otro código de concepto (por ejemplo: 315) para el pago de hijo la formula quedará:

CalDifAf(315)

Esto mismo se aplica para el Prenatal, si usted paga Prenatal por ejemplo en el código 321 la formula será:

CalDifAf(321)

b) En algunos casos se producía un error de calculo tomando en cero algunos meses. Se soluciona dicho inconveniente.

 

Cambios en la versión 15.A

1 - Se actualiza el sistema con las nuevos montos y escalas para asignaciones familiares  anunciadas por ANSES. 

2 - Se actualizan las tablas de Ganancias.

Cambios en la versión 15.9

     A partir del 28-05-2007, la Ley 26222 define que en los nuevos CUILes el aporte para jubilación es del % 11 independientemente de si se ha optado por Capitalización o Reparto.
    Para que el sistema de AFIP SIJP calcule correctamente la alícuota del 11 % , se deberá identificar a los nuevos CUILes como REPARTO, sin tener en cuenta si el trabajador opta por el sistema de capitalización.

    Para que el sistema de Sueldos y Jornales calcule y exporte correctamente de acuerdo a lo expuesto en el  párrafo precedente, en la Tabla de Empleados se agrego un nuevo Campo:

    C.U.I.L. Nuevo (a partir 28/05/07) :  :

Si indica "N"  el sistema sigue liquidando como hasta ahora.

Si indica "S" calcula siempre la jubilación con una alícuota del 11 % y exporta al Sistema de AFIP SIJP como REPARTO.

 

Cambios en la versión 15.8

Se actualiza el sistema con los nuevos requerimientos del sistema de AFIP SIJP 28.

Importante

Dado que la nueva versión 28 del SIJP  redefine el uso de los Montos Imponibles 1 y 5 utilice la versión 15.8 de Sueldos y Jornales para trabajar con esta versión.

Si usted sigue usando la versión 27 del SIJP utilice la versión 15.7b de Sueldos y Jornales.

 

Cambios en la versión 15.7b

    Se realizan cambios atento a la siguiente información de AFIP del día de la fecha:

Si usted posee trabajadores con remuneraciones superiores a $4.800 en el mes de abril, en tanto la AFIP no ofrezca una nueva versión del aplicativo SIJP, deberá generar el F931 con versión 26 o 27 según corresponda con ese tope de 60 MOPRES. Posteriormente, cuando esté disponible la versión 28, deberá rectificar ABRIL-2007 e ingresar la diferencia exclusivamente respecto de aportes jubilatorios entre $ 4.800 y $6.000.

RECUERDE SI USA VERSIÓN 26 O 27 EL TOPE DE REMUNERACIÓN DEBERA SER $4.800.
Fuente: AFIP http://200.1.116.73/genericos/topeSIJYP.asp

 

Por otro lado se informa que:

         La Administración Federal de Ingresos Públicos está dando a conocer a los empleadores por medio de e-mails la siguiente información:

“El decreto 313/2007, ha reglamentado la ley 26222 (conocida como ley de reforma previsional), que establece un incremento en el tope máximo para el cálculo de aportes. El nuevo tope máximo de 75 MOPRES (vale decir hoy, según el valor actual del MOPRE, $ 6.000), debe aplicarse para las remuneraciones devengadas a partir del 1 de abril de 2007 (es decir que debe considerarse en las declaraciones juradas del período fiscal abril de 2007 y siguientes, con vencimiento a partir de mayo de 2007).

Asimismo, se aclara que este nuevo tope se aplica sólo para Aportes SIJP, el resto de los conceptos [Obra Social, ley riesgo trabajo (ART), ley 19032, etc.] se le debe continuar aplicando el tope de $ 4.800.”

Asimismo, el mismo organismo informa que en los próximos días estará a disposición en su página web una nueva versión del aplicativo del SIJP, versión 28, que contemplará la mencionada modificación.

       Fuente: Errepar

Cambios en la versión 15.7

    Se actualiza el sistema de acuerdo al Decreto 313/2007 con respecto al tema de los topes de Aportes al sistema integrado SIJP.

 

Cambios en la versión 15.6

    Se actualizan las tablas de Ganancias de acuerdo al Decreto 298/2007

 

Cambios en la versión 15.5

Atentos a los incrementos salariales en el gremio de La Sanidad que indica que los incrementos salariales no están sujetos a contribuciones al Sistema de Seguridad Social (excepto Obras Sociales).

Se incorpora en Conceptos Fijos un rango de conceptos "Remuneraciones sin contribuciones a jubilación". De manera de poder exportar al sistema SIJP de acuerdo a las siguientes instrucciones brindadas por la mesa de ayuda de AFIP:

De: Mesa de Ayuda [mailto:mayuda@afip.gov.ar]
Enviado el: Jueves, 01 de Febrero de 2007 03:37 p.m.
Asunto: RE: convenio sanidad (Ev: 1016664)

Sr./a. Contribuyente:

Ante todo, muchas gracias por su consulta.

El convenio de trabajadores de la Sanidad (108/75) ha sido modificado por acuerdo del 26/12/2006, disponiendo aumentos en las escalas básicas. El punto 5 del Acuerdo dispone:

5.- La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 01/12/2006 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales serán remunerativos a todos los efectos legales y convencionales con la sola excepción que sobre dichos montos no se realizarán contribuciones patronales al Sistema de Seguridad Social (excepto Obras Sociales). De todo el personal de cada empresa. Esta excepción parcial regirá hasta el 30/11/2007, fecha ésta a partir de la cual se transformarán en remunerativos. Los aumentos salariales otorgados durante el 2006 “A cuenta” podrán ser absorbidos hasta su concurrencia.

En consecuencia, la forma de cargar las remuneraciones en el SIJP es la siguiente:
  - En la remuneración 1 y 4: se carga el sueldo más el aumento
  - En la remuneración 2 y 3: se carga el sueldo sin el aumento.

Saludo a usted muy atentamente.

Sección Mesa de Ayuda de Aplicativos
Dirección de Servicios al Contribuyente y al Usuario Aduanero

 

Cambios en la versión 15.4a

Se incorporan las tablas de Ganancias para el año 2007.

Cambios en la versión 15.4

Se actualiza el sistema con las nuevos montos y escalas para asignaciones familiares  anunciadas por ANSES. 

Los cambios se realizan de acuerdo a la información de prensa que figura en el sitio Web de  ANSES:
http://www.anses.gov.ar/prensa/notas/2006/diciembre/aaff.htm

 

Cambios en la versión 15.3

Se actualiza el sistema con los nuevos requerimientos del sistema de AFIP SIJP 27. Los cambios realizados al sistema son: 
1. Actualización de tablas:
    Se  han actualizado las siguientes tablas del sistema:

    Situación de revista
    Contratos
    Incapacidad
    Obras Sociales

2. Exportación al sistema SIJP 27:
    Se agregó el campo CANTIDAD DE HORAS EXTRAS. Recuerde que debe ingresar el o los códigos de conceptos que utiliza para liquidar horas extras en el sistema, en el ítem AUXILIARES/CONCEPTOS FIJOS para la correcta exportación de los datos al SIJP.

 

Cambios en la versión 15.2a

   En la versión 15.2 se detecto que, cuando había mas de un recibo en un empleado exportaba mal la remuneración imponible 4. Esta actualización soluciona el inconveniente. 

Cambios en la versión 15.2

  A raíz de los recientes acuerdos salariales en diferentes gremios en los cuales se introduce la nueva modalidad de liquidación de conceptos que son NO REMUNERATIVOS pero generan cargas de aportes y contribuciones para la Obra Social, hemos adecuado el Sistema de Sueldos y Jornales a la mencionada modalidad.

    Se introducen cambios para generar conceptos no remunerativos que generan aportes y contribuciones para Obra Social.

    Dentro de la opción Auxiliares - Conceptos Fijos se habilita los campos informativos para indicar el rango de códigos de Conceptos no remunerativos que generan cargas contributivas a la Obra Social. Por ejemplo si establecemos el rango para este tipo de conceptos desde el 451 al 459 se debe indicar:

            Códigos No Remunerativo con Aporte OS  Desde:451:   Hasta :459:

    Con respecto al ACUERDO 12 DE ABRIL DEL 2006 de Empleados de Comercio el  concepto para el  cálculo del 10 % del mes de agosto que tiene aportes y contribuciones quedaría:

                Código  :451:
                Detalle  :Acuerdo 12/4/6 con Aporte OS:
                Formula :(subtotal[1]+subtotal[2])*0.10                     :

    Para la exportación al SIJP se exporta el TOTAL del importe imponible para la Obra Social en la remuneración imponible 4 atento a las instrucciones emitidas por OSECAC las cuales puede descargar del siguiente enlace:

                OSECAC - Acuerdo 12 de abril de 2006

    Al realizar la instalación de la actualización el programa actualizador busca en el archivo de conceptos en el rango de los no remunerativos (401-499) y en el primer código libre que encuentra genera el concepto mencionado en el párrafo anterior.
    Si ingresa en
 Auxiliares - Conceptos Fijos y visualiza el campo Códigos No Remunerativo con Aporte OS  podrá conocer el número de código generado por el actualizador.

Cambios en la versión 15.1

    Se actualizan las tablas de Ganancias de acuerdo a la Resolución General 2027/2006

horizontal rule

Descarga de actualización 15.D
 

Para informarse de las actualizaciones de los sistemas de ADDISYC, suscríbase a nuestra lista enviando un e-mail vacío a: addisyc-subscribe@gruposyahoo.com.ar

horizontal rule

ADDISYC Sistemas
Tte. Rangugni 3040 - (B1824DEJ) Lanús - Buenos Aires Argentina
Tel./Fax: 54 (11) 4241-7368 / 7699
Solicitud de información